(function(w,d,s,l,i){w[l]=w[l]||[];w[l].push({'gtm.start': new Date().getTime(),event:'gtm.js'});var f=d.getElementsByTagName(s)[0], j=d.createElement(s),dl=l!='dataLayer'?'&l='+l:'';j.async=true;j.src= 'https://www.googletagmanager.com/gtm.js?id='+i+dl;f.parentNode.insertBefore(j,f); })(window,document,'script','dataLayer','GTM-PZCT5KP');
Cargando...

Ley 21.601

Grabado de Patente

¡Buenas Noticias! Servicio de Grabado para nuestros clientes

A Bci seguros le interesa proteger el patrimonio de nuestros clientes y facilitar que cumplan con la ley, por eso hemos creado junto a Link.cl Autoprotegido: un nuevo servicio de grabado de patentes en vidrios y estructuras, ideal para prevenir el robo y la clonación de los vehículos asegurados por nuestros productos de Vehículo Particular.

Este servicio se puede agendar directamente aquí o en link.cl

A continuación, te informamos de nueva Ley 21.601 y aclaramos algunos puntos para que tengas presentes y puedas mantener informados a tus clientes.

Ley 21.601

La ley 21.601 dice que “los vehículos motorizados deberán contar con su placa patente única grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales”
La obligación es exigible para vehículos nuevos a partir de enero de 2024 y es de responsabilidad de los concesionarios de entregar los vehículos con el grabado de patente.

Para los vehículos comercializados antes de la publicación de la ley, la obligación será exigible a contar del 4 de septiembre de 2024.

Te aclaramos algunas consultas permanentes y su eventual impacto en nuestros seguros de vehículos:

¿Qué sucede con siniestros donde participa un vehículo que no tiene grabados los vidrios y espejos?

Nada, no afecta la cobertura de la póliza ni las decisiones de liquidación.

 

¿Será parte de los puntos de inspección?

No por el momento. Nuestra inspección se centra en daños preexistentes.

 

¿En caso de que no cumpla, se podría rechazar el riesgo o se aplicará un deducible para los vehículos que no cumplan con el grabado al momento de la inspección?

No se ha definido rechazo ni deducibles diferenciados.

 

¿Qué sucederá con los riesgos en curso que hayan sido grabados pero que no tengamos inspección/evidencia de que estaban grabados?

Por el momento nada, no afecta la cobertura de la póliza ni las decisiones de liquidación.

 

¿Los cambios comenzarán a regir con los mismos plazos que da la ley o la compañía pondrá otros plazos?

No tendremos cambios relacionados con la ley 21.601 de la ley hasta nuevo aviso.

 

 

En resumen, hoy en día la nueva ley no afecta a nuestras pólizas ni a nuestras decisiones de cobertura. De todas maneras, te mantendremos informado oportunamente en caso de hacer cambios y agradecemos que recomiendes a tus clientes asegurados que realicen el grabado de patente para evitar robos que, aunque tengan cobertura, siempre serán un problema para el cliente afectado.